Información General

Las actividades de la Subdirección de Postgrado y Educación Avanzada del Núcleo Caricuao  estarán bajo la inmediata dirección, coordinación y supervisión del Director o Directora de Núcleo, y con adscripción funcional al Decanato de Educación Avanzada de la UNESR. Esta unidad se rige por un reglamento en específico que dicta todas las normas que deben de ser respetadas tanto como por Facilitadores como por los participantes del Núcleo.


        A continuación, se presenta un extracto del reglamento de la subdirección.

ARTÍCULO 17: Son atribuciones del Subdirector o Subdirectora de Postgrado y Educación Avanzada e Investigación:

  • Rendir informe periódico al Director o Directora de Núcleo y al Decano o Decana de Educación Avanzada.   
  • Coordinar la ejecución de los programas de estudios de postgrado que se realicen en el Núcleo, y hacer cumplir las instrucciones y normas dictadas por el Decanato de Educación Avanzada.
  • Ser el medio ordinario de comunicación entre el Decano o Decana de Educación Avanzada y la Dirección del Núcleo.
  • Todas las demás que le delegue el Decano o Decana de Educación Avanzada o la Dirección del Núcleo en materia de Postgrado.
  • Evaluar la Oferta Académica de Postgrado del Núcleo y proponerla ante las instancias correspondientes.
  • Proponer al Decano o Decana de Educación Avanzada las designaciones de jurado y las Subcomisiones de Tesis y Monografía, conforme a la normativa existente.
  •  Remitir a la Subdirección de Secretaría de los Núcleos, los resultados de la evaluación de las Monografías y Tesis, quien lo tramitará ante las instancias correspondientes en el Decanato de Educación Avanzada.
  • Informar al Decano o Decana de Educación Avanzada acerca del cumplimiento de los requisitos requeridos para la obtención de grado.
  • Promover en el Núcleo la realización de investigaciones en las líneas y áreas establecidas por la Universidad.
  • Recibir, analizar y evaluar solicitudes de financiamiento de investigaciones presentadas por el personal docente del Núcleo, con el fin de determinar si satisfacen los requerimientos y procedimientos establecidos por la Universidad, y remitirlas a las instancias correspondientes.
  • Coordinar la dotación de personal docente para las diversas cátedras de los postgrados y cursos de perfeccionamiento, determinando fechas y horarios.
  • Coordinar el suministro de material informativo y formativo, así como de recursos para los procesos de enseñanza – aprendizaje, a los participantes en los postgrados y cursos de perfeccionamiento
  •  Participar en la evaluación de la actuación de los docentes asignados a las cátedras de los postgrados y cursos de perfeccionamiento.
  • Proponer la modificación, restructuración o transformación de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dicten en el Núcleo ante el Decano o Decana de Educación Avanzada.
  • Velar por la calidad de los procesos de enseñanza – aprendizaje de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dictan en el Núcleo, detectar cualquier desviación e informarla a las instancias pertinentes.
  •  Proponer la publicación y difusión de material informativo que contribuya a incrementar la calidad de los procesos de enseñanza - aprendizaje de los postgrados y cursos de perfeccionamiento que se dictan en el Núcleo.

        Adicionalmente, se puede descargar la normativa completa en el siguiente enlace para la libre consulta de los alumnos:

Comentarios

Entradas populares de este blog

BLOGGER INFORMATIVO DE LA UNIVERSIDAD SIMÓN RODRIGUEZ